JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

16 de marzo de 2026

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo además presente que en el caso de autos no existen fondos previsionales disponibles, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968 y artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, se confirma la resolución apelada de diecisiete de julio del año dos mil veinticinco, en causa RIT Z-347-2016, pronunciada por el Juzgado de Familia de Puente Alto. Se previene que la ministra Catalán Romero concurre al acuerdo, teniendo sólo en cuenta la inexistencia de fondos previsionales respecto de los cuales se pueda perseguir el cobro de la deuda alimenticia. Devuélvase. N° 1079-2025 Familia

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo además presente que en el caso de autos no existen fondos previsionales disponibles, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968 y artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, se confirma la resolución apelada de diecisiete de julio del año dos mil veint

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