ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de marzo de 2026
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que, al aceptar su competencia, el tribunal a quo debe, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso y resguardar el interés superior del niño, pronunciarse respecto de todas las cuestiones pendientes ante el tribunal de origen -desde que la tramitación de la causa se traslada íntegramente para su conocimiento-,y constando en autos la existencia del incidente de compensación interpuesto por el demandante a folio 81, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dieciséis de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que, al aceptar su competencia, el tribunal a quo debe, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso y resguardar el interés superior del niño, pronunciarse respecto de todas las cuestiones pendientes ante el tribunal de origen -desde que la tramitación de
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