ARIEL PAVIA CONDORI/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que atendido el tenor de la resolución que se impugna, no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual de la amparada, que pudiere ser reparada por esta vía. En razón de lo anterior y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de amparo presentado en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, atendido lo resuelto procedentemente, no ha lugar. Al tercer y cuarto otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-202-2026.acl
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo presentado en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, atendido lo resuelto procedentemente, no ha lugar. Al tercer y cuarto otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-202-2026.acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, catorce de marzo de dos mil veintiséis. A lo principal de folio 1: Visto: Que atendido el tenor de la resolución que se impugna, no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual de la amparada, que pudiere ser reparada por esta vía. En razón de lo anterior y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 21 de
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