SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/GASTRONÓMICA BISTROT LIMITADA
Rol
Fecha
13 de marzo de 2026
Materia
INDEMNIZACIÓN LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.
Fallo
Por estas consideraciones y compartiendo los argumentos del tribunal a quo, se confirma la sentencia apelada de veintiocho de abril y su rectificación de cinco de septiembre, ambas de dos mil veintitrés, dictada por el Duodécimo Juzgado Civil de Santiago, en causa C-12917-2019. Regístrese y comuníquese. N°Civil-16846-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministro señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. En Santiago, trece de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de marzo de dos mil veintiséis. A los folios 18 y 19: a todo, téngase presente. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el
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