SIN INFORMACION

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE III S.A/JDO. DE LETRAS DE ILLAPEL

Rol

Fecha

13 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Antonio Alamos Avendaño, abogado de la ejecutante en causa sobre procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, RIT P-620-2024, caratulados “A.F.C. Chile con Erasmo Cofré Villalobos.”, tramitada ante el Juzgado de Letras de Illapel, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el veintitrés de octubre de dos mil veinticinco por la cual se denegó su recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución que ordenó, previo a disponer que se practique una nueva liquidación de deuda ordena al ejecutante ingresar los datos del afiliado al sistema informático para el cálculo de intereses y reajustes conforme a la Ley N°21.735. Manifiesta, en lo pertinente, que el recurso de apelación debió ser concedido pues se estaría frente a una materia no regulada expresamente, lo que haría aplicables los Libros I y II del Código de Procedimiento Civil en virtud de lo prescrito en el artículo 432 del Código del Trabajo. Solicita, en definitiva, acoger el recurso de hecho y declarar que la apelación interpuesta es admisible. SEGUNDO: Que, informando el Juez del Juzgado de Letras de Illapel, Pablo Flores Prieto, expuso en lo pertinente al recurso, que la apelación fue denegada en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley N°17.322 TERCERO: Que, atendido que la causa en que incide el presente recurso se tramita conforme a las normas de la Ley N°17.322, cuyo artículo 8 restringe la procedencia del recurso de apelación a aquellas precisas hipótesis previstas en dicha disposición, y teniendo presente que la resolución apelada no se encuentra dentro de dicho catálogo taxativo de decisiones susceptibles de ser impugnadas por esa vía, solo cabe rechazar el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 y 204 ambos del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto a folio 1 de la presente carpeta digital. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°347-2025 (Laboral-Cobranza).-

Texto Completo (Preview)

c/ Juzgado de Letras de Illapel Recurso de hecho Rol N°347-2025 (Laboral-Cobranza) La Serena, trece de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Antonio Alamos Avendaño, abogado de la ejecutante en causa sobre procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, RIT P-620-2024, caratulados “A.F.C. Chile con Erasmo Cofré Villalobos.”, tramitada ante el J

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica