ITRIAGO RODRIGUEZ DARWING JOSE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veintiséis. PRIMERO: Que comparece Darwing José Itriago Rodriguez, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haberse declarado inadmisible mediante la Resolución Exenta N° 2500100195421 del 14 de octubre de 2025, la solicitud de residencia definitiva, que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello el derecho fundamental a la igualdad ante la ley. Indica que se le cobró una multa de 20 de septiembre, sin especificar año, asegurando que fue pagada oportunamente; habiendo obtenido dos residencias temporales, solicitando que se actualice su registro, a efectos que no figure dicha multa pendiente de pago, y de ese modo, se reanude la tramitación de su solicitud de residencia definitiva. Señala que su cónyuge tiene permanencia definitiva, y sus hijos se encuentran integrados en la sociedad chilena, al cursar uno de ellos la educación escolar y el mayor, estudios universitarios; afirmando que no tiene antecedentes penales, en Chile ni en su país de origen. Alega que se vulnera su garantía constitucional de igualdad ante la ley. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, se ordene revisar su caso. SEGUNDO: Que, evacuando el informe requerido, el Servicio Nacional de Migraciones ha solicitado el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes, argumentando la inexistencia de un acto u omisión arbitrario o ilegal que vulnere las garantías del artículo 20 de la Constitución Política de la República. Indicó que el recurrente, don Darwing Jose Itriago Rodriguez, ingresó al país el 27 de enero de 2019. Posteriormente, mediante Parte Policial N°1766 del 25 de marzo de 2019, la Policía de Investigaciones de Chile informó sobre el ejercicio de actividades remuneradas sin autorización. Dicha infracción llevó a la Resolución Exenta N°2389, de 26 de abril de 2019, de la Inten
Fundamentos
fundamentos expuestos, el Servicio Nacional de Migraciones solicitó a esta Ilustrísima Corte tener por evacuado el informe requerido y rechazar en todas sus partes la acción constitucional de protección, por no existir un acto u omisión arbitrario o ilegal que amenace, perturbe o prive el legítimo ejercicio de alguna de las garantías protegidas. TERCERO: Que, como ha sostenido reiteradamente esta Corte, el llamado recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de carácter cautelar de emergencia, destinado a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales de la autoridad o de particulares que impidan, amaguen o perturben ese ejercicio. Son presupuestos de esta acción cautelar de protección: a) que exista una acción u omisión ilegal o arbitraria; b) que como consecuencia de la acción u omisión ilegal o arbitraria se prive, perturbe o amenace un derecho; y c) que dicho derecho esté señalado como objeto de tutela en forma taxativa en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. CUARTO: Que, el acto que se califica de ilegal y arbitrario lo constituye la Resolución Exenta N° 2500100195421, de 14 de octubre de 2025, mediante la cual
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, se ordene revisar su caso. SEGUNDO: Que, evacuando el informe requerido, el Servicio Nacional de Migraciones ha solicitado el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes, argumentando la inexistencia de un acto u omisión arbitrario o ilegal que vulnere las garantías del artículo 20 de la Constitución Política de la República. Indicó que el recurrente, don Darwing Jose Itriago Rodriguez, ingresó al país el 27 de enero de 2019. Posteriormente, mediante Parte Policial N°1766 del 25 de marzo de 2019, la Policía de Investigaciones de Chile informó sobre el ejercicio de actividades remuneradas sin autorización. Dicha infracción llevó a la Resolución Exenta N°2389, de 26 de abril de 2019, de la Intendencia Regional de Valparaíso, que impuso al recurrente una multa de $64.074, la cual fue debidamente pagada. Con posterioridad, el 10 de julio de 2019, se le otorgó una visa de residencia sujeta a contrato por un año, vigente hasta el 3 de junio de 2021. Asimismo, el 13 de septiembre de 2022, se le concedió una visa de residencia temporaria por un año, en el marco del procedimiento extraordinario de regularización (Resolución Exenta N°1769 de 2021), vigente hasta el 23 de septiembre de 2023. Finalmente, el 3 de agosto de 2023, el recurrente solicitó residencia definitiva bajo ID N° 66908543, la cual fue declarada inadmisible mediante Resolución Exenta N° 2500100195421 del 14 de octubre de 2025,
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C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veintiséis. PRIMERO: Que comparece Darwing José Itriago Rodriguez, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haberse declarado inadmisible mediante la Resolución Exenta N° 2500100195421 del 14 de octubre de 2025, la solicitud de residencia def
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