ANONIMIZADO
Rol
160265-2022
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la viuda del deudor de alimentos contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que no hizo lugar al incidente de nulidad de todo lo obrado Segundo: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su ...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la viuda del deudor de alimentos contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que no hizo lugar
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