SIN INFORMACION

MORALES BUGUEÑO JOSE LUIS ALEXIS / DIRECCION REGIONAL METROPOLIANA DE GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

12 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece don Rodolfo Antonio Saldaño Chomalí, abogado, actuando en favor de don José Luis Alexis Morales Bugueño, condenado que cumplía condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por el hecho que estimar ilegal de mantener privado de libertad al amparado aun cuando habría cumplido de manera íntegra su condena el día 8 de marzo de 2026, vulnerando con ello su derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N°7 de la carta fundamental. Explica que el amparado fue condenado en causa RUC N° 2300249353-5, cuyo cumplimiento de condena estaba fijado para el día 8 de marzo de 2026, sin embargo, y sin existir resolución judicial que prolongue su privación de libertad, a la época de presentación de la acción de amparo, esto es el día 9 de marzo pasado, el amparado seguía privado de libertad, vulnerándose con ello gravemente su garantía constitucional de libertad personal, por cuanto su responsabilidad penal se encontraría íntegramente extinguida por cumplimiento total de su condena, prolongándose indebidamente la ejecución penal. Solicita sea acogida la presente acción constitucional, se declare que la privación de libertad del amparado es ilegal y se disponga su inmediata libertad. SEGUNDO: Que evacuó informe Héctor Sepúlveda Higuera, abogado, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, solicitando el rechazo de la presente acción constitucional. Explica con detalle que el amparado fue condenado por el Primer Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 1065-2023, a la pena de 3 años y 1 día, por el delito de robo con intimidación. Que según consta en los registros de la oficina de control penitenciario de la institución, el interno ingresó a cumplir dicha condena el día 8 de marzo de 2023, por lo que el cómputo de fecha de término de la misma correspondía el día 9 de marzo pas

Fallo

por tanto efectivo el actuar que por este arbitrio se denuncia. SEXTO: Que, consecuentemente, y ante la falta del actuar ilegal imputado a Gendarmería de Chile, la misma deberá ser desestimada, tal como se dirá en definitiva. SÉPTIMO: Que, a mayor abundamiento, y habiendo sido ya puesto en libertad el amparado, de igual manera el presente arbitrio, atendida su naturaleza cautelar, no podría prosperar atendida su falta de oportunidad. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Rodolfo Antonio Saldaño Chomalí, abogado, actuando en favor de José Luis Alexis Morales Bugueño y dirigido en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-993-2026. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministro señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. En Santiago, doce de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: PRIMERO: Que comparece don Rodolfo Antonio Saldaño Chomalí, abogado, actuando en favor de don José Luis Alexis Morales Bugueño, condenado que cumplía condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por el hecho que estimar ilegal d

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