QUEZADA ENRIQUEZ PATRICIO/QUEZADA ENRIQUEZ ERICA
Rol
34712-2023
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que en este juicio arbitral de rendición de cuentas, caratulado “Quezada con Quezada”, el demandante recurre de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha treinta de enero de dos mil veintitrés, que declaró desierto el recurso de apelación deducido por la misma parte en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, que rechazó la demanda. 2°) Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Lya Rojas Maggi, en representación del demandante, en contra de la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. N° 34.712-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Lya Rojas Maggi, en representación del demandante, en contra de la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. N° 34.712-2023
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este juicio arbitral de rendición de cuentas, caratulado “Quezada con Quezada”, el demandante recurre de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha treinta de enero de dos mil veintitrés, que declaró desierto el recurso de apelación deduci
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