4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

INMOBILIARIA E INVERSIONES ODH SPA CON PATRICIA ZAMORANO MONTENEGRO

Rol

26009-2023

Fecha

27 de marzo de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sumario de precario, seguido ante el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel bajo el Rol C-3345-2021, caratulado “Inmobiliaria e Inversiones ODH SpA con Zamorano”, la demandada recurre de casación en la forma en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, de fecha veinte de enero de dos mil veintitrés, que confirmó aquella de primera instancia de cinco de julio de dos mil veintidós, que rechazó el entorpecimiento alegado. 2°) Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no es una sentencia definitiva ni ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la norma citada, razón por la cual el recurso de nulidad formal intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Óscar Olavarría Aqueveque, en representación de la demandada, en contra de la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°26.009-2023

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Óscar Olavarría Aqueveque, en representación de la demandada, en contra de la resolución de veinte de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°26.009-2023

Texto Completo (Preview)

1 2 Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sumario de precario, seguido ante el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel bajo el Rol C-3345-2021, caratulado “Inmobiliaria e Inversiones ODH SpA con Zamorano”, la demandada recurre de casación en la forma en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, de

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