SIN INFORMACION

MAFFET/CUERPO DE BOMBEROS DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

12 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Patricio Maffet Tapia, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la destitución y término de su calidad de bombero voluntario del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta, vulnerando, con ello, los derechos consagrados en el artículo 19 N°1, Nº2 y Nº3 de la Constitución Política de la República. Informa la recurrida, al tenor del recurso interpuesto en su contra. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su acción señalando que, en el marco de un proceso interno de revisión documental del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta, iniciado a raíz de irregularidades detectadas en la facturación de la empresa FRS SpA —cuyo gerente general y representante legal resulta ser el cuarto comandante en ejercicio, Rodrigo Rivero Soto—, el directorio general, en sesión extraordinaria de 6 de octubre de 2025, resolvió desaforar y suspender preventivamente a dicho comandante, conformándose una comisión investigadora encargada de auditar todos los procesos de compra, adquisición y ejecución de servicios realizados con aquella empresa. El informe final de la comisión investigadora, fechado el 20 de octubre de 2025, acreditó que la empresa FRS SpA mantuvo una relación comercial con el Cuerpo de Bomberos de Antofagasta durante los años 2024 y 2025, emitiendo 56 facturas por cerca de $54 millones, habiéndose detectado facturas falsas no registradas en el Servicio de Impuestos Internos, bienes y servicios facturados pero no ejecutados ni encontrados en las dependencias institucionales, y sobreprecios superiores al 100% en diversas adquisiciones. Asimismo, se determinó que el propio cuarto comandante cotizaba, aprobaba y recibía los servicios de su empresa, incurriendo en un conflicto de interés grave. Con base en dicho informe, la primera sala del Honorable Consejo Superior de Disciplina —integrada por los consejeros Gary Bravo Rojas, Ramón Illesca Astudillo y Ricardo Rivadeneira— dictó el Oficio HCSD N°135/2025, de 10 de noviembre de 2025, aplicando al recurrente —en su calidad de primer comandante en ejercicio— la sanción de separación de la institución (baja), por estimar que la falta de control y supervisión directa sobre el subordinado constituía una omisión grave en el cumplimiento de sus deberes reglamentarios, calificada como abandono de deberes y negligencia funcional, en infracción del artículo 40 y del artículo 12°, letra l), del Reglamento General. Dicha resolución fue reafirmada por la Segunda Sala del mismo órgano mediante Oficio HCSD N°181/2025, de fecha 31 de diciembre de 2025, manteniéndose la separación definitiva. Alega una vulneración al principio del debido proceso, señalando que la citación que se le hizo llegar el 26 de octubre de 2025 para comparecer ante el Consejo Superior de Disciplina el día 28 del mismo mes únicamente indicaba como motivo el desafuero por el directorio general y el informe de los oficiales generales, sin dar cuenta de las razones específicas por las cuales se le investigaba ni de los hechos que se le imputaban. Agrega que en la sesión de 28 de octubre de 2025 —que se extendió por casi 60 minutos— los consejeros no procedieron a leer el informe final de la Comisión Investigadora, limitándose a señalar que lo tuvieron a la vista, sin informarle las conclusiones del mismo ni las faltas reglamentarias que concretamente se le atribuían, situación que le habría generado una indefensió

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Patricio Maffet Tapia en contra del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 208-2026 (Protección) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a doce de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: Comparece Patricio Maffet Tapia, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la destitución y término de su calidad de bombero voluntario del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta, vulnerando, con ello, los derechos consagrados en el artícul

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