VELASCO/PEÑA
Rol
Fecha
12 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Yordan Tavra Morales, abogado, interponiendo recurso de protección en representación de don Kevin Isarel Velasco González, en contra de la Subdirectora de Inteligencia, Crimen Organizado y Seguridad Migratoria de la Policía de Investigaciones de Chile, doña Consuelo Peña San Miguel, en razón del Oficio Respuesta de 2 de abril de 2025, emitido con ocasión de una solicitud de acceso a la información pública, actuación que estima arbitraria e ilegal y que vulnera las garantías reconocidas en los numerales 1°, 2°, 3° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que por medio de dicha respuesta se le informó el estado de tramitación del Sumario Administrativo N° 597-2020, procedimiento que, a su juicio, actualmente carece de eficacia jurídica por haber transcurrido en exceso los plazos legales que gobiernan la acción disciplinaria, configurándose en la especie la hipótesis de prescripción contemplada en el artículo 36 bis de la Ley N° 21.041. Refiere que el procedimiento sumarial se inició el 30 de octubre de 2020 y que el 26 de abril de 2021 se dictó el Dictamen N° 597-2020/5-2021, por medio del cual se dispuso su separación y que posteriormente no se verificaron actuaciones útiles que dieran curso progresivo al procedimiento, el cual se habría mantenido paralizado por un lapso superior al legalmente admisible, afectando gravemente su situación funcionaria y personal. Añade que los hechos investigados en sede administrativa tuvieron origen en una imputación penal por cohecho, respecto de la cual se decretó el sobreseimiento definitivo en causa seguida ante el Primer Juzgado de Garantía de Santiago, antecedente que debió ser debidamente ponderado por la autoridad administrativa. Alega que la prolongación del procedimiento, la ausencia de un acto terminal firme y el mantenimiento de sus efectos lesionan su derecho a la integridad psíquica, a la igualdad ante la ley, al debido proceso y a la
Fallo
por tanto, de un mecanismo de tutela urgente destinado a restablecer el imperio del derecho cuando la afectación de tales garantías aparece de manera evidente, sin que constituya una instancia declarativa ni una vía destinada a revisar, en términos generales, la legalidad o mérito de las actuaciones administrativas. Cuarto: Que, del examen del recurso interpuesto, aparece que el actor formalmente dirige la acción en contra del oficio de respuesta de 2 de abril de 2025, emitido por la autoridad recurrida con ocasión de una solicitud de acceso a la información pública. Sin embargo, de la lectura íntegra del arbitrio se advierte que la pretensión del recurrente no se dirige en contra del contenido de dicho oficio o su efectos, sino que, en lo sustancial, cuestiona la validez y subsistencia del procedimiento disciplinario seguido en su contra y, particularmente, del dictamen que dispuso su separación de la institución, alegando, entre otros aspectos, la prescripción de la acción disciplinaria y el decaimiento del procedimiento administrativo. En consecuencia, el recurso aparece orientado, en realidad, a obtener por esta vía la revisión de actuaciones administrativas previas y de las decisiones adoptadas en el marco de dicho procedimiento. Quinto: Que, en tales condiciones, el oficio que se impugna, de 2 de abril de 2025, no constituye por sí mismo un acto decisorio ni innovativo respecto de la situación jurídica del recurrente, toda vez que, según se desprende de los anteceden
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Yordan Tavra Morales, abogado, interponiendo recurso de protección en representación de don Kevin Isarel Velasco González, en contra de la Subdirectora de Inteligencia, Crimen Organizado y Seguridad Migratoria de la Policía de Investigaciones de Chile, doña Consuelo Peña San Miguel, e
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