SIN INFORMACION

DERPICH/SOTO

Rol

Fecha

12 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Elizabeth Andrea Deprich Alarcón, deduciendo recurso de protección en contra de doña Paola Andrea Soto Bravo, por el actuar arbitrario e ilegal consistente en realizar publicaciones en redes sociales (Facebook e Instagram) en las que se le imputa haber maltratado y haber provocado la desaparición de un perro, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°1 y N°4 de la Constitución Política de la República. Señala que adoptó un perro denominado “Pirata”, que se encontraba temporalmente bajo su cuidado y que, tras un incidente con otro de sus perros, éste escapó de su domicilio, situación que fue tergiversada por la recurrida mediante publicaciones en redes sociales. Indica que, a raíz de dichas publicaciones, ha sido objeto de múltiples amenazas, insultos y actos de hostigamiento por parte de terceros, dentro de los cuales se encuentra la recurrida, tanto en su domicilio como en su lugar de trabajo, lo que vulnera sus derechos a la honra, a la vida privada y a la integridad psíquica. Por lo anterior, solicita que se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, ordenando especialmente la eliminación de las publicaciones efectuadas y el cese de los actos de hostigamiento denunciados. SEGUNDO: Que, al evacuar informe, la recurrida solicita el rechazo del recurso de protección. Expone que la acción carece de fundamentos claros, pues la recurrente no acredita debidamente la existencia ni el contenido de la publicación que se le atribuye, ni la fecha en que habría tomado conocimiento de ella, existiendo además inconsistencias en la cronología de los hechos relatados. Agrega que la publicación cuestionada fue realizada únicamente con el objeto de denunciar públicamente la presunta desaparición del perro “Pirata”, animal que habría rescatado previamente y entregado a la recurrente para su cuidado temporal, indicando que nunca existió intención de menoscabar su honra, sino de advertir a la comunidad sobre la situación del animal. Asimismo, sostiene que actualmente la publicación impugnada ya fue eliminada de sus redes sociales, por lo que el supuesto agravio denunciado habría cesado, no existiendo actualmente contenido activo que pueda afectar a la recurrente. Por tales motivos, solicita que se rechace el recurso de protección, por estimar que no existe acción u omisión ilegal o arbitraria que vulnere las garantías constitucionales invocadas. TERCERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al afectado ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Elizabeth Andrea Deprich Alarcón en contra de doña Paola Andrea Soto Bravo, ordenando a la recurrida que eliminen las publicaciones dentro de quinto día de notificada esta sentencia y que se abstenga en lo sucesivo de realizar este tipo de publicaciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°257-2026 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Deprich Alarcón, Elizabeth Andrea Soto Bravo, Paola Andrea Recurso de protección Rol Nº257-2026 La Serena, doce de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Elizabeth Andrea Deprich Alarcón, deduciendo recurso de protección en contra de doña Paola Andrea Soto Bravo, por el actuar arbitrario e ilegal consistente en realizar publicaciones en redes sociales (Fa

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