MONTILVA GARCÍA KAREN VICEGNY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio comparece Karen Vicegny Montilva Garcia, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°3093, de 5 de febrero de 2026, que decretó al expulsión y prohibición de ingreso por 3 años al territorio nacional, vulnerando con ello su garantía fundamental del articulo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que es madre de un menor de edad de nacionalidad chilena y otro hijo de nacionalidad peruana, ambos niños residen junto a ella y a su esposo quien es el principal proveedor del hogar, cuenta con trabajo indefinido vigente. Agrega que, la resolución recurrida no pondera adecuadamente su situación personal vulnerando con ello los derechos de sus hijos a estar con su madre, por lo que consideración que es ilegal y arbitraria. Solicita se deje sin efecto la resolución recurrida. A folio 4 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones. En primer término interpone la excepción de previo y especial pronunciamiento, ya que la expulsión administrativa, debe ser impugnada a través del recurso especial de reclamación, contemplado en el artículo 141 de la Ley N°21.325, el cual no ha sido presentado por la amparada. Este razonamiento ha sido el establecido en fallos de la Ilma. Corte de Apelaciones de Rancagua, Rol de Ingreso Amparo 564 – 2023 y Rol de Ingreso Amparo 661 – 2023, ambos confirmados por la Excma. Corte Suprema. En cuanto al fondo, da cuenta que mediante Informe Policial N° 33 registrado en plataforma el 9 de enero de 2024, de Policía de Investigaciones de Chile, se comunicó al servicio que la actora, doña Karen Vicegny Montilva García, de nacionalidad venezolana, registra un ingreso al país de forma irregular, eludiendo el control migratorio. De conformidad a lo establecido en el artículo 132 de la ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, mediante Acta de Notificación de Inicio de Expulsión N° 29 de 8 de enero 2024 de Pol
Fundamentos
considerando: I. - En cuanto a la excepción de improcedencia: Primero: Que, dicha alegación será desestimada, toda vez que si bien la Ley N° 21.325 contempla un recurso especial de reclamación en el proceso de expulsión, de conformidad al artículo 21 de la Carta Fundamental, la presente acción de amparo procede frente a cualquiera privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual, situación que es justamente la alegada en este caso. II. - En cuanto al fondo del recurso: Segundo: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Tercero: Que, por la presente vía cautelar, se impugna la Resolución Exenta N°3093, de 5 de febrero de 2026, que decretó la expulsión del territorio nacional de la amparada y dispuso su prohibición de ingreso al país por 3 años, fundado en su ingreso por paso no habilitado. Cuarto: Que, de acuerdo con lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile y el Servicio Nacional de Migraciones, dan cuenta que la amparada registra una denuncia por ingreso clandestino al país del 8 enero de 2024, el cual fue informado el 9 de enero de 2024 al Servicio Nacional de Migraciones, mediante Informe Policial N°33, encontrándose acreditada la causal de expulsión antes anotada, a saber, el ingreso clandestino, y que el procedimiento sancionatorio se inició por parte del Servicio Nacional de Migraciones. Quinto: Que, no obstante lo anterior, del mérito de los antecedentes acompañados, consta que la recurrente es madre de un niño de nacionalidad chilena nacido en enero de 2025, circunstancia que no fue ponderada por el Servicio Nacional de Migraciones atendido a que fue un hecho posterior, circunstancia que activa el deber constitucional de protección de la familia previsto en el artículo 1° inciso final de la Carta Fundamental. Sexto: Que, en consecuencia, la resolución impugnada es desproporcionada, debiéndose para resolver la presente acción, ponderar adecuadamente la situación particular de la amparada bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad al acto administrativo, lo que torna ilegal la decisión reclamada por imponer una afectación desmedida a su derecho a residir y permanecer en el territorio nacional, vulnerándose la garantía del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, por lo que se acogerá el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se declara: I. - Que se rechaza la alegación de improcedencia de la acción deducida por la recurrida. II . - Que se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Karen Vicegny Montilva Garcia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N°3093 de 5 de febrero de 2026. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-807-2026. En Valparaíso, doce de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de marzo de dos mil veintiséis. Visto: A folio comparece Karen Vicegny Montilva Garcia, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°3093, de 5 de febrero de 2026, que decretó al expulsión y prohibición de ingreso por 3 años al territorio nacional, vulnera
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica