A.F.P. PROVIDA S.A. CON RECICLAJE ORLANDO QUINTANILLA PEREZ EMPR
Rol
Fecha
12 de marzo de 2026
Materia
EJECUTIVO PREVISIONAL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto solicitado, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizado como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes de este último, sin que conste en autos que se hayan agotado las gestiones destinadas al cobro de la deuda en bienes de aquél y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en causa RIT P-142-2025. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 89-2026-Laboral – Cobranza.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, doce de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto solicitado, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizado como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes de este último, sin que conste en autos que se hayan agotado las gestiones destinadas al cobro de la deuda en bienes de aqué
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