MP C/ JORDAN ANTONIO FERRADA ZAMBRANO
Rol
Fecha
12 de marzo de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, la defensa ha discutido la existencia del delito por el que fue formalizado su representado, atendida la naturaleza de las especies encontradas y la carencia de la calificación de “droga”. Con ello cede, además, la necesidad de cautela. Escuchadas las alegaciones de las partes, no habiendo debate en torno al traslado de 2.100 frascos de jarabes con el contenido limitado de éstos, sin autorización ni documento que demuestre su origen y distribución lícitos, queda en evidencia la ocurrencia de los hechos en los términos descritos y se comparte la calificación jurídica que, de ellos, hizo el ente persecutor. Finalmente, en relación con la necesidad de cautela, la gravedad del delito, su pena probable y los bienes jurídicos afectados permiten compartir la tesis de la sentenciadora de base, en orden a entender que la libertad del encartado es peligrosa para la seguridad de la sociedad, por lo que en razón de estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del seis de marzo de dos mil veintiséis, por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jordán Antonio Ferrada Zambrano, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) Soledad Sepúlveda Fonck. Devuélvase vía interconexión. Rol N°202-2026 Penal.
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de marzo de dos mil veintiséis. Siendo las 10:33 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular Felipe Pulgar Bravo e integrada por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra
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