SIN INFORMACION

BARRÍA SANDOVAL / ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

11 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Erwin Moller Rubio, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Carolina del Pilar Barría Sandoval, domiciliada en Madame Adriana Bolland N°77 depto. 707, comuna de La Cisterna, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada por su gerente general doña Carola Schwencke Reyes, ambas domiciliados en Los Militares N°4777, oficina 501, comuna de Las Condes, a fin de que se deje sin efecto la acción arbitraria e ilegal consistente en la restricción de coberturas en materia de salud mental, asociadas a su plan de salud, acción que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que su representada se encuentra afiliado a la Isapre recurrida cotizando actualmente en el plan “CELTICO 6019”, el que posee una cobertura de salud en atenciones psicológicas y psiquiátricas limitada y con escasa protección financiera, lo que constituye una infracción a las disposiciones de la Ley N°21.331 y de la Circular IF/N°396 de la Superintendencia de Salud. Explica que la Superintendencia de Salud, el 8 de noviembre de 2021, dictó la Circular IF/N°396que tuvo por objeto ajustar las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el plan de salud a las atenciones de salud mental, conforme la Ley Nº21.331, asegurándose así que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a estas prestaciones una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas. Sostiene entonces, que la Isapre recurrida no puede comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental, debiendo además adecuar los planes celebrados con anterioridad. Solicita que se acoja el recurso, ordenando a la recurrida adecuar el plan de salud realizando los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sea equiparada ala

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Carolina del Pilar Barría Sandoval en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4154-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Erwin Moller Rubio, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Carolina del Pilar Barría Sandoval, domiciliada en Madame Adriana Bolland N°77 depto. 707, comuna de La Cisterna, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada por su gerente general doña Carola Schwencke Reyes, a

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