CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (CORTE MARCIAL)
Rol
19057-2022
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
Criminal
Resultado
RECHAZA RECURSO DE QUEJA (M)
Hechos
Vistos: El Fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado recurre de queja en contra de los Ministros de la Corte Marcial, por haber dictado la interlocutoria de 26 de mayo de 2022, que acogió la prescripción de la acción penal por los delitos de fraude al Fisco, respecto del imputado Mauricio Orlando Seguel Albornoz y, a consecuencia de ello, revocó la resolución de primera instancia, dejando sin efecto el procesamiento dictado en su contra. Informando, los recurridos instaron por el rechazo de la queja, argumentando razones de forma y de fondo para lo anterior. Por dictamen de 22 de septiembre de 2022 se ordenó traer los antecedentes en relación. Previo a la vista de la causa, el Ministerio Público Militar se hizo parte del recurso de queja y, durante la audiencia respectiva, instó porque fuese acogido.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, el fundamento del recurso de queja deducido en favor de los intereses fiscales estriba en que, en causa Nº 575-2014, cuaderno separado denominado “Empresa de Turismo”, seguido ante la Ministra en Visita Extraordinaria Sra. Rutherford, se investiga entre otros, el delito de fraude al Fisco en el que habría tenido participación el inculpado Seguel Albornoz, según lo dispuesto en el artículo 239 del Código Penal. En efecto, en el caso sub iudice, aparecen indicios suficientes para estimar que el inculpado defraudó al Fisco de Chile desde que, utilizando diversos artificios habría conseguido que se destinaran en beneficio personal y, de su cónyuge e hijas, fondos fiscales que debían ser utilizados de la forma descrita en las respectivas órdenes de compra, órdenes fiscales y facturas, todo ello de acuerdo a los Decretos Exentos dispuestos por la autoridad donde se disponían las comisiones de servicio respectivas, irrogando con su actuar el consecuente perjuicio al erario público. En razón de los hechos que detalla, Seguel Albornoz fue procesado el 13 de enero de 2022 por dos delitos de fraude al Fisco, previstos y sancionados en el artículo 239 del Código Penal, señalándose que obtuvo un beneficio —con el consecuente perjuicio específico fiscal— ascendente a: a) $8.136.480 al 14 de junio de 2012; y b) $4.078.128 al 24 de julio de 2013, respectivamente, que equivaldrían a 306,742 unidades tributarias mensuales. Agrega que, el 18 de enero de 2022, la defensa del reo apeló del auto de procesamiento, lo que fue resuelto por la Corte Marcial el 26 de mayo de 2022 acogiendo la prescripción de la acción penal, en voto dividido, dando con ello lugar a la dictación de la resolución que califica de ilegal y abusiva, y que motiva el presente recurso. Afirma que, al dictar la sentencia impugnada, los jueces recurridos han incurrido en graves y severas faltas o abusos en los términos que la propia jurisprudencia atribuye a estos conceptos, los cuales se configuran al haberse dictado el
Fallo
fallo con una errónea aplicación del artículo 96 del Código Penal y apreciación de los antecedentes del proceso. En efecto, el fallo se pronuncia sobre la prescripción de la acción penal, declarando que Seguel Albornoz no es procesado por el delito de fraude al Fisco, en consideración a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 del Código Penal, atendida la fecha de comisión de los delitos perseguidos y la de iniciación de la investigación en contra del procesado. Con ello, el sentenciador ad quem entendió equivocadamente, al revocar el fallo apelado y en una errónea interpretación del artículo 96 del Código Penal, que había transcurrido el plazo exigido para la prescripción de la acción penal de los simples delitos, sin que ello se hubiere verificado efectivamente, todo ello, sin haber tenido en cuenta que la prescripción de la acción penal se interrumpió por haber delinquido el encausado luego de la comisión del primer ilícito y por haberse suspendido la prescripción de la acción penal al dirigirse el proceso en contra del encausado, en conformidad al artículo 96 del Código Penal. Explica que, el 9 de abril de 2014, en el Cuaderno Matriz, se dictó auto cabeza de proceso, instruyéndose sumario y el 11 de julio del mismo año el Fisco se hizo parte en la causa N° 575-2014, a partir del cual se descubren e investigan sus diversas aristas, entre ellas, la que dio origen al cuaderno separado denominado “Empresa de Turismo”. El Consejo de Defensa del Estado se hizo parte en este cua
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Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: El Fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado recurre de queja en contra de los Ministros de la Corte Marcial, por haber dictado la interlocutoria de 26 de mayo de 2022, que acogió la prescripción de la acción penal por los delitos de fraude al Fisco, respecto del imputado Mauricio Orlando Seguel Albornoz y, a consecue
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