CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de marzo de 2026

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes hasta ahora reunidos no resultan suficientes para concluir que se satisfacen en el caso de autos los presupuestos de los artículos 14 de la Ley N° 20.066 y 90 de la Ley N° 19.968 y que justificarían la declaración de incompetencia del Juzgado de Familia y la remisión de los antecedentes al Ministerio Público, específicamente el requisito de habitualidad a que se refiere la ley y que constituye una condición esencial para la configuración de la hipótesis a que se refiere la primera de las normas citadas. Y visto, además, lo...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veintiséis. Al folio 8: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes hasta ahora reunidos no resultan suficientes para concluir que se satisfacen en el caso de autos los presupuestos de los artículos 14 de la Ley N° 20.066 y 90 de la Ley N° 19.968 y que justificarían la declaración de incompetencia del Juzgado de Familia y l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica