SIN INFORMACION

PROCESADORA Y EXPORTADORA DE FRUTAS Y VEGETALES LIMITADA/PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

Rol

Fecha

11 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, el pasado 30 de junio, compareció el abogado, don Ignacio Vassallo Fernández en representación convencional de Procesadora y Exportadora de Frutas y Vegetales Ltda., sociedad del giro de su denominación, Rut N° 78.463.790-5, con domicilio en Av. León Bustos 0457, comuna de Linares, Región del Maule, en relación con los autos ejecutivos caratulados “Industria de Plásticos Serplas S.A con Procesadora y Exportadora de Frutas y Vegetales Ltda.”, Rol C-1106-2024, seguido ante el 1° Juzgado de Letras de Linares. Señala que interpone recurso de hecho, en contra de la resolución de fecha 16 de septiembre de 2025 dictada por el 1° Juzgado de Letras de Linares en causa Rol C-1106-2024, que no dio lugar a la apelación interpuesta por el suscrito respecto de la resolución que decretó el cumplimiento incidental de un Avenimiento. Se solicita se conceda el presente recurso de hecho y se ordene al tribunal a quo declarar admisible la apelación interpuesta. Agrega que el 27 de enero de 2025 su parte promovió, en lo principal, un incidente de nulidad de lo obrado. No obstante, de forma subsidiaria interpuso un recurso de reposición y de apelación en contra de la resolución de fecha 11 de diciembre de 2024 que dio lugar al cumplimiento incidental de un Avenimiento. Pues bien, el Tribunal recurrido, junto con desestimar el incidente de nulidad, resolvió la improcedencia de la apelación por cuanto no sería “legalmente procedente”. En cuanto al fundamento para la interposición del recurso de apelación, en carácter subsidiario y directo, es simple, indica que el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil consagra el régimen de ejecución de resoluciones judiciales. Que un avenimiento no es una resolución judicial, en este sentido lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema ha rechazado que proceda solicitarse el cumplimiento incidental de un avenimiento. De esa manera, si se pretende exigir el cumplimiento forzado de un Avenimiento, sostuvimos, de

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Ignacio Vassallo Fernández, en contra de la resolución de 16 de septiembre de 2025, pronunciada por don Alejandro Sumonte Verdejo en causa Rol C-1106-2024, del Primer Juzgado de Letras de Linares. Redactado por el ministro Gerardo Bernales Rojas. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 1740-2025/Civil.

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el pasado 30 de junio, compareció el abogado, don Ignacio Vassallo Fernández en representación convencional de Procesadora y Exportadora de Frutas y Vegetales Ltda., sociedad del giro de su denominación, Rut N° 78.463.790-5, con domicilio en Av. León Bustos 0457, comuna de Linares, Región del Maule, en relación c

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