SIN INFORMACION

LIMA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

11 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de ROSARIO LIMA DE CONTRERAS en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a al recurrido pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Que, la recurrida evacúa su informe y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente. Segundo: Que, el Servicio informa que mediante comunicación electrónica Folio N°71098928 de fecha 13 de enero de 2025, le notificó a la actora que su solicitud se encuentra incompleta y debe acompañar su certificado de antecedentes penales del país de origen y explicar la discrepancia en su nombre, otorgando un plazo de 60 días hábiles para ello, lo que no ha ocurrido a la fecha de la confección del informe. Solicita el rechazo de la acción por encontrase el impulso procedimental en la recurrente. Tercero: Que, habiéndose acompañado a los presentes autos certificado de antecedentes penales y carta explicativa dirigida al Servicio recurrido a fin de cumplir con lo solicitado, se desestimará la alegación del recurrido en cuanto a que el impulso procedimental se encuentra en la actora. Cuarto: Que, de los antecedentes acompañados y de lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones se advierte que la solicitud de nacionalización se encuentra en tramitación ante dicha autoridad desde el 10 de octubre de 2023. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que ante el requerimiento tendiente a la obtención de la nacionalización, la recurrente ha sufrido una dilación excesiva en su tramitación, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido ilegal y arbitrariamente, los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de nacionalización, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor ROSARIO LIMA DE CONTRERAS, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto el Servicio, en lo que a su competencia se refiere y dentro del plazo de sesenta días, deberá ponderar los antecedentes acompañados en autos y concluir la tramitación de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente y remitir los antecedentes al Señor Subsecretario del Interior, para su conocimiento. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-8006-2025. En Valparaíso,

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de ROSARIO LIMA DE CONTRERAS en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a al recurrido pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las pro

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