MP C/ MARCELO ENRIQUE BARRENECHEA FUENTES.
Rol
Fecha
11 de marzo de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, en la audiencia de control de detención de once de septiembre de dos mil veinticinco, celebrada ante el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que incide en causa RIT 2147-2025, seguida en contra del imputado Marcelo Enrique Barrenechea Fuentes, la defensa solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de la detención, por considerar el tribunal a quo que no existían indicios suficientes para proceder a la detención del imputado. Segundo: Que en contra de dicha resolución interpuso recurso de apelación el Ministerio Público, solicitando se revoque la resolución impugnada, y se declare que la detención del imputado se encuentra ajustada a derecho, toda vez que los funcionarios policiales se encontraban autorizados por resolución judicial para efectuar orden de ingreso y registro en diversos domicilios del sector por hechos denunciados como tráfico ilícito de estupefacientes, y al momento en que se disponían a ejecutarla observaron afuera de uno de ellos, al imputado manipulando una bolsa de nylon que contenía envoltorios de papel blanco cuadriculados, quien al advertir la presencia policial, ocultó la bolsa en su mochila y al disponerse a huir del lugar, siendo estos indicios suficientes para estimar que el imputado estaba cometiendo un ilícito para que los funcionarios policiales le efectuaran un control de identidad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 85 del Código Procesal Penal. Tercero: Que, en consecuencia, la situación antes descrita constituye uno de los presupuestos de flagrancia que señala el artículo 130 del Código Procesal Penal, la que habilitaba a la policía para proceder autónomamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del mismo estatuto, por tratarse de indicios que indicaban que en el imputado estaba cometiendo un delito, habilitando a los funcionarios policiales a efectuar el control de identidad respectivo y proceder a la detención del imputado en atención a las evidencias enco
Fallo
se declara, que su detención fue ajustada a derecho. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3083-2025 Penal
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Sala: Quinta Sala Extraordinaria Rol Corte: 3083-2025-PENAL RUC: 2501177939-8 RIT: 2147-2025 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Constanza Retamal Maldonado Tipo de Recurso: Apelación incidente Escritos proveídos en audiencia: Folios N°11 y 12. San Miguel, once de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, en la audiencia de control de detención
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