2º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

AGRICOLA NOVA LTDA / SERVIVAL E.I.R.L

Rol

19929-2023

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento ordinario de resolución de contrato seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Linares bajo el Rol C-794-2016, caratulado “Agrícola Nova Limitada con Servival E.I.R.L.”, la demandante recurre de casación en el fondo en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, de fecha seis de enero del año en curso, que declaró desierto el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de aquella dictada el diez de noviembre de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado que rechazó la demanda. 2°) Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Ricardo Baltierra O´kuinghttons, en representación de la demandante, en contra de resolución de seis de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Talca. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. N° 19.929-2023.-

Fallo

fallo de primer grado que rechazó la demanda. 2°) Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Ricardo Baltierra O´kuinghttons, en representación de la demandante, en contra de resolución de seis de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Talca. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. N° 19.929-2023.-

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento ordinario de resolución de contrato seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Linares bajo el Rol C-794-2016, caratulado “Agrícola Nova Limitada con Servival E.I.R.L.”, la demandante recurre de casación en el fondo en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, de fe

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