PASTEN/FERNÁNDEZ
Rol
Fecha
10 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1°. - Que, comparece la abogada Claudia Paz Espinoza Beltrán, por sí y a favor de doña Valentina Javiera Pastén Mora y don Luis Eduardo Pasten Carrasco, quien interpone recurso de protección contra doña Macarena del Pilar Fernández Venegas, por realizar publicaciones a través de sus redes sociales en que denosta y difama públicamente a sus representados. Además, publica fotografías de los datos de atención de urgencia que contienen los datos personales de doña Valentina y sus atenciones de salud. Relata que los días 25 y 26 de enero de este año, doña Valentina recibió atenciones de urgencia y controles médicos por lesiones faciales y otras constataciones derivadas de una agresión física y la sustracción de su teléfono celular, aquellas constan en Dato de Atención de Urgencia, resumen de atención y resumen de alta, emitidos por el Hospital Clínico Herminda Martín. Agrega que el día 27 de enero último, en horario nocturno, la recurrida difundió en su cuenta de Instagram identificada como “@m.venett”, mediante historias y una transmisión en vivo, imágenes y contenido exhibiendo dichos documentos clínicos, permitiendo apreciar datos personales y sensibles de salud de Valentina, tales como su identificación, antecedentes médicos, diagnósticos y fechas de atención. Además, realizó mensajes dirigidos a terceros, etiquetando cuentas y comentando públicamente la atención clínica, instalando un relato de reproche y ampliando su alcance a una audiencia indeterminada. Sostiene que esa cuenta registra más de diez mil seguidores, en la transmisión en vivo se conectaron cerca de doscientas personas y las publicaciones se mantienen destacadas en el perfil. Añade que, la recurrida sostuvo públicamente que los documentos serían falsificados y atribuyó la supuesta falsificación a don Luis Pastén, médico cirujano, a quien mencionó y etiquetó en la misma red social, formulando una imputación de carácter delictivo sin sentencia ni investigación concluida y sin exhibir respaldo
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la abogada Claudia Paz Espinoza Beltrán, por sí y a favor de doña Valentina Javiera Pastén Mora y don Luis Eduardo Pasten Carrasco contra doña Macarena del Pilar Fernández Venegas, solo en cuanto esta última debe eliminar, de la red social Instagram o cualquier otra análoga, toda referencia de los datos sensibles y/o en menoscabo de los recurrentes y abstenerse en el futuro de ejecutar conductas que afecten su honra. Lo anterior, sin perjuicio de otros derechos que el ordenamiento jurídico confiere a las partes, en relación a los conflictos previos y subyacentes que tengan entre sí, y a la obtención y difusión de antecedentes médicos reservados. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la ministra Paulina Gallardo García. No firma la abogada señora Elizondo, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por no haber integrado hoy. R.I.C. N°122-2026 -PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
2 Chillán, diez de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: 1°. - Que, comparece la abogada Claudia Paz Espinoza Beltrán, por sí y a favor de doña Valentina Javiera Pastén Mora y don Luis Eduardo Pasten Carrasco, quien interpone recurso de protección contra doña Macarena del Pilar Fernández Venegas, por realizar publicaciones a través de sus redes sociales en que denosta y difama públicamente a sus r
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