JUZGADO DE FAMILIA ARICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

10 de marzo de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida, esto es, una sentencia interlocutoria que no pone término del juicio, ni hace imposible su continuación, por lo que no es posible encuadrarla dentro de las hipótesis del artículo 67 de la Ley 19.968, a lo que se suma especialmente el régimen de recursos que establece la Ley 14.908, que solamente contempla el de reposición en contra de la resolución que se pronuncia sobre una objeción de liquidación, cuyo no es el caso de autos, por cuanto se trata de aquella que se pronuncia sobre una imputación al pago que no se encuentra regulada en la Ley 14.908, por lo tanto, en atención al...

Texto Completo (Preview)

Arica, diez de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida, esto es, una sentencia interlocutoria que no pone término del juicio, ni hace imposible su continuación, por lo que no es posible encuadrarla dentro de las hipótesis del artículo 67 de la Ley 19.968, a lo que se suma especialmente el régimen de recursos que establece la Ley 14.908, que so

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