30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SCOTIABANK - CHILE S.A/OSSANDÓN

Rol

Fecha

10 de marzo de 2026

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

motivos quinto y sexto, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Que aun cuando el plazo de prescripción se considere desde la mora ocurrida en abril de 2018 o desde la fecha de presentación de la demanda, esto es, noviembre de 2018, la acción ejecutiva se encuentra prescrita por haber transcurrido a la época de notificación de la demanda con creces el plazo de tres años de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil y, vistos, además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, por el 30° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°8418-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Leyla Moukarzel por el recurso por el tiempo de 10 minutos. Santiago, 10 de marzo de 2026. Florencia Sáez Bugmann, relator. Santiago, diez de marzo de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°11 y 12: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos quinto y sexto, que se eliminan. Y se tiene, en

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