OJEDA MONTECINOS ROBERTO CON DIRECCIÓN GENERAL DE CARABINEROS
Rol
1407-2022
Fecha
22 de marzo de 2023
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Vistos: En autos Rit O-25-2020, Ruc 2040245386-K, del Juzgado del Trabajo de Valdivia, don Roberto Moisés Ojeda Montecinos dedujo demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de Carabineros de Chile. Por sentencia de tres de noviembre de dos mil veintiuno, se rechazó la demanda. En contra del pronunciamiento de base, el demandante interpuso recurso de nulidad, el que fue acogido por una sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia mediante fallo de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, acogiéndose la demanda, declarándose injustificado el despido y condenando a la demandada al pago de las prestaciones que indica. En contra de esta última resolución, la parte demandada presentó recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando que se acoja y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, con arreglo a la ley. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio «existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia». La presentación debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones referentes al asunto de que se trate sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, acompañar copia fidedigna del o de los fallos que se invocan como fundamento. Segundo: Que la recurrente propone que la materia de derecho objeto del juicio consiste en, «determinar si la naturaleza del vínculo de los funcionarios de Carabineros de Chile contratados por resolución es laboral o estatutaria». Tercero: Que refiere que en el presente caso se debe concluir que no había relación laboral, sino que aquella se rige por el estatuto propio de la institución. Para dichos efectos, cita los fallos dictados por esta Corte, en los antecedentes rol N°14.796-2018 y por la Corte de Apelaciones de Santiago en los autos rol N°2.884-2020 y N°2.545-2021. Cuarto: Que, previo a analizar este recurso, resulta necesario examinar los fallos útiles presentados para su comparación con el que se impugna. Así, en la primera sentencia citada, fue establecido que: «…de los términos del recurso se desprende que la materia de derecho que se solicita unificar dice relación con determinar “la competencia de los tribunales laborales para conocer de una acción de tutela de derechos fundamentales interpuesta por un funcionario público que señala haber sufrido vulneración de sus derechos laborales, en especial, tratándose de funcionario bajo el vínculo “CPR” (Contratado por Resolución) regido por un “Estatuto Especial”, como lo es la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros». Agregándose que «Que, como se observa, el régimen que regula el vínculo del personal de carabineros contratado por resolución, es de indiscutible naturaleza estatutaria, el que no solamente somete a ese personal dicho marco normativo especial, sino que excluye expresamente la aplicación del Código del Trabajo y de la legislación laboral a su respecto, lo que impide, ya en una primera aproximación, que se permita la aplicación supletoria del derecho del trabajo. En efecto, de la normativa indicada aparece que el personal de Carabineros de Chile, y en especial, aquél de contratación por resolución se sujeta en primer lugar a las disposiciones de la misma Ley N° 18.961, luego al Estatuto del Personal de Carabineros; y, de modo particular y específico a la Directiva ya citada de tales funcionarios, limitándose la eventual aplicación del Código del Trabajo, exclusivamente a los preceptos relativos a la protección de la maternidad, por lo que una regulación supletoria se reconduce a la Ley
Fallo
fallo de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, acogiéndose la demanda, declarándose injustificado el despido y condenando a la demandada al pago de las prestaciones que indica. En contra de esta última resolución, la parte demandada presentó recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando que se acoja y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, con arreglo a la ley. Se ordenó traer los autos en relación. Considerando: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio «existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia». La presentación debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones referentes al asunto de que se trate sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, acompañar copia fidedigna del o de los fallos que se invocan como fundamento. Segundo: Que la recurrente propone que la materia de derecho objeto del juicio consiste en, «determinar si la naturaleza del vínculo de los funcionarios de Carabineros de Chile contratados por resolución es laboral o estatutaria». Tercero: Que refiere que en el presente caso se debe concluir que no había relación laboral, sino que aquella se rige por el estatuto
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: En autos Rit O-25-2020, Ruc 2040245386-K, del Juzgado del Trabajo de Valdivia, don Roberto Moisés Ojeda Montecinos dedujo demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de Carabineros de Chile. Por sentencia de tres de noviembre de dos mil veintiuno, se rechazó la demanda. En c
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica