TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE PTA. ARENAS

EMANUEL JACOB MEZA TAPIA C/ JONATHAN POOL OJEDA OYARZUN

Rol

28631-2023

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

Reforma

Resultado

INADMISIBILIDAD RECURSO DE NULIDAD

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, se han remitido a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado Jonathan Ojeda Oyarzún, contra la sentencia que lo condenó por dos delitos de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido la licencia de manejo. 2° Que por el recurso interpuesto, se ha invocado como causal única la de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, señalando que la infracción de garantías fundamentales se produce en el momento en que el Tribunal no le concede una pena sustitutiva, lo que afecta, en su concepto, los artículos 1, 4 y 8 letras b) y 15 N°1 de la Ley 18.216, en relación a los artículos 9 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos y los artículos 7 y 19 N° 7 letra b) de la Constitución Política de la República. 3° Que, por parte del Ministerio Público, se ha pedido la inadmisibilidad del recurso, ello en el entendido que se trata de una discusión en que la Ley ha previsto el recurso de apelación como el remedio procesal idóneo, no siendo tampoco posible reconducir la causal planteada pues, por otra parte, se esgrime lo que es una aplicación errada del derecho, causal establecida en el artículo 373 letra b) del Código Procesal. 4° Que, concordando con lo aseverado por el representante del ente persecutor, lo cierto es que, efectivamente, es el artículo 37 de la Ley N° 18.216 el que precisa el recurso que ha de plantearse en el caso concreto, cual es el de apelación, el cual no ha sido formulado, no siendo posible considerar la decisión cuestionado como una vulneración de garantías fundamentales. Sobre lo mismo, tampoco es posible actuar en la forma que autoriza el artículo 383 del Código Procesal Penal, ello debido a que lo debatido por la defensa dice relación con la causal de nulidad señalada en el literal b) del artículo 373 del Có

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado Jonathan Ojeda Oyarzún, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. Regístrese y devuélvase. Rol N° 28.631-23

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, se han remitido a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado Jonathan Ojeda Oyarzún, contra la sentencia que lo condenó por dos delitos de conducción en estado de ebriedad sin h

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