SIN INFORMACION

QTES: AGRUPACION DE FAMILIARES DE LOS DDETENIDOS EJECUTADOS Y DESAPARECIDOS DEL DISPOSITIVO DE SEGURIDAD DEL DR SALVADOR ALLENDE GOSSENS / MAUREIRA ROA SERVANDO ELIAS - TOMO XXXVI.

Rol

Fecha

10 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, en los autos Rol N°126.461 episodio “La Moneda”, sustanciados por la Ministra en visita extraordinaria señora Paola Plaza González, por resolución de fecha 9 de mayo de 2025, se dispuso que el sentenciado Servando Elías Maureira Roa, deba iniciar el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, ya ejecutoriada, dictada en dicho proceso denegando la solicitud de sustituir la pena impuesta, para lo cual analiza aspectos normativos atingente a la situación, asumiendo que está impedida de modificar la forma de ejecución de la pena. En contra de esta decisión, apela la defensa del condenado. 2º) Que, esta Corte para determinar y actualizar las afecciones de salud del condenado Servando Maureira Roa, y si ella obstaría al cumplimiento efectivo de la pena impuesta, decretó para mejor resolver sendos informes Médico Legales y de Gendarmería, en específico responder si, en su actual estado general de salud y tratamientos requeridos, podía el condenado dar inicio al cumplimiento de la pena. 3°) Que informando el médico legista Juan Alberto Zuchel Matamala señaló lo siguiente: “Es portador de secuelas de accidente cerebral encefálico con farto bulbar lateral derecho: por ejemplo, tuvo secuelas de neumonía aspirativa, neumopatía crónica; gastrostomía definitiva, es decir, tiene instalada en el abdomen una sonda al lado del ombligo para proporcionarle alimentos, líquidos y fármacos; diabetes mellitus tipo 2; hipertensión arterial; síndrome de Wallenberg; trastorno severo de la deglución con disfagia; tetraparesia severa de predominio de extremidades superiores; secuela de gran fumador, por ejemplo tos crónica; ateromatosis intracraneana; postrado en cama con mínima movilidad afirmado en "burrito"; es asistido por terceros para sus funciones de aseo, alimentación y actividades de la vida diaria. Postrado en cama, se levanta con esfuerzo apoyado en burrito, porta sonda para alimentarlo, proporcionar remedios y líquidos sobre el ombligo. Tos crónica. Le cuesta mantenerse de pie, lo consigue afirmado en su burrito; andar vacilante y lento; acude al baño con aseo ano-genital efectuado con manguera mecánica. CONCLUSIONES Persona postrada en cama con enfermedades crónicas y polifarmacia, alimentos y fármacos administrados por gastrostomía. Es nuestra opinión no es conveniente que se interne en un recinto carcelario porque ambas partes serían perjudicadas: paciente por no contar con ayuda familiar incluso para sus funciones vitales mínimas, y la cárcel por hacerles llegar una persona que les produciría una severa alteración en su quehacer diario, por ejemplo, darle los alimentos, asearlos, entre otras actividades diarias. En relación con el examen físico anterior efectuado el 6 de febrero de 2024 no hay variaciones de importancia. En resumen, en nuestra opinión, sería conveniente para ambas partes que se mantuviera en su domicilio. OBSERVACIONES En nuestra experticia, no creemos que su estado de salud tenga variación de importancia

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en la normativa citada, se revoca la resolución apelada de fecha 9 de mayo de 2025, solo en cuanto se dispone, que el sentenciado Servando Elías Maureira Roa, deberá iniciar el cumplimiento de su pena en su domicilio, bajo el control de Gendarmería de Chile, mediante un sistema de monitoreo telemático, con instalación de la correspondiente tobillera. Si Gendarmería informare que ello no fuere técnicamente factible, el condenado mientras su estado de salud no cambie sustancialmente, será internado para cumplir su pena en el Hospital Militar de Santiago, bajo control de Gendarmería de Chile. Tal orden se mantendrá en cuanto un informe médico legal no determine el cambio de las condiciones médicas que fundan esta resolución. Remítase por la juez a quo copia de esta resolución y la orden respectiva a Gendarmería de Chile para su ejecución y en su caso, además al Hospital Militar de Santiago. Redacción del abogado Integrante Sr. Manuel Luna Abarza. N°Penal-2766-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Crisosto Greisse, señora Maritza Villadangos Frankovich y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza. En Santiago, diez de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de marzo de dos mil veintiséis. Visto y considerando: 1º) Que, en los autos Rol N°126.461 episodio “La Moneda”, sustanciados por la Ministra en visita extraordinaria señora Paola Plaza González, por resolución de fecha 9 de mayo de 2025, se dispuso que el sentenciado Servando Elías Maureira Roa, deba iniciar el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, ya e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica