ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de marzo de 2026
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Teniendo presente que la resolución impugnada, esto es, aquella dictada con fecha 21 de enero pasado en el expediente de primera instancia, mantiene la naturaleza jurídica de un mero decreto que no reúne los requisitos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, esto es, no altera la sustanciación regular del juicio, ni ha recaído sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley y visto además lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por la abogada doña María Valentina Moreno Faure,...
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por la abogada doña María Valentina Moreno Faure,...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diez de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Teniendo presente que la resolución impugnada, esto es, aquella dictada con fecha 21 de enero pasado en el expediente de primera instancia, mantiene la naturaleza jurídica de un mero decreto que no reúne los requisitos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, esto es, no altera la sustanciación regular del juicio, ni
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