SIN INFORMACION

CARVAJAL PEZOA YOEL MAICOL /JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA

Rol

Fecha

9 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Cristian Calvo Gatica, en representación de Yoel Carvajal Pezoa, quien interpone recurso de amparo en contra de los jueces del Juzgado de Garantía de Colina María de los Ángeles Ceardi Nazar y Rodrigo Cartes Pino, por la actuación que estima ilegal y arbitraria consistente en la paralización de hecho de la solicitud de fijación y realización de audiencia de sustitución de sanción prevista en el artículo 53 de la Ley N°20.084, ampliando arbitrariamente la privación de libertad del amparado, al condicionarse indefinidamente la fijación de dicha audiencia a la individualización de víctimas por parte del Ministerio Público, sin que el incidente sea debatido y resuelto en audiencia, por lo que pide se acoja la presente acción de amparo y se ordene al Juzgado de Garantía de Colina fijar audiencia de sustitución de sanción dentro de un plazo breve, y celebrarla con los intervinientes exigidos por la ley. Señala que el con fecha 18 de febrero de 2026, solicitó al Juzgado de Garantía de Colina que se fijara audiencia de sustitución de sanción, conforme al artículo 53 de la Ley N 20.084, atendido el tiempo de cumplimiento y los “buenos antecedentes” del joven, con el objeto de que pudiera ejercer su derecho a revisión y ser oído en el marco del control jurisdiccional reforzado propio de la ley del ramo, solicitando además que se requiriera el informe correspondiente al CMN Til Til y que se tuviera presente lo prescrito en el artículo 55 bis del mismo cuerpo legal. Luego, explica que con fecha 19 de febrero de 2026, la jueza Maria de los Ángeles Ceardi Nazar resolvió no fijar audiencia, solicitando previo a resolver, oficiar al Ministerio Público a fin de que individualice a las víctimas presente en la causa. Menciona que ese mismo día, ante la ausencia de fijar audiencia, solicitó una audiencia de cautela de garantías, sobre la base de dejar supeditada la decisión a un organismo externo, vulnerando el principio

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Yoel Carvajal Pezoa en contra del Juzgado de Garantía de Colina. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-902-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de marzo de dos mil veintiséis. Al folio 7: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Cristian Calvo Gatica, en representación de Yoel Carvajal Pezoa, quien interpone recurso de amparo en contra de los jueces del Juzgado de Garantía de Colina María de los Ángeles Ceardi Nazar y Rodrigo Cartes Pino, por la actuación q

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