BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CALDERÓN
Rol
Fecha
9 de marzo de 2026
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Que, constando en el expediente de primera instancia que la demanda de autos no fue notificada legalmente, lo que implica que no fue trabada la litis y en consecuencia no correspondía dictar sentencia definitiva de manera que, en atención a lo dispuesto en artículo 84 inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil, se anula todo lo obrado, retrotrayéndose la causa al estado anterior al de la certificación de fojas 91, con excepción de lo obrado entre fojas 96 a 106 del expediente de primera instancia, debiendo el tribunal a quo continuar la tramitación de la causa procediendo, por juez no inhabilitado, en su caso. Atendido lo resuelto, se omite pronunciamiento respecto de la apelación deducida por la parte denunciante. Regístrese y devuélvase. N° 251-2024 Policia Local
Texto Completo (Preview)
San Miguel, nueve de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Que, constando en el expediente de primera instancia que la demanda de autos no fue notificada legalmente, lo que implica que no fue trabada la litis y en consecuencia no correspondía dictar sentencia definitiva de manera que, en atención a lo dispuesto en artículo 84 inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil, se anula todo lo obrado
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica