ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de marzo de 2026
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que consta que el quince de septiembre pasado las partes llegaron a un acuerdo en relación con la demanda de alimentos, resulta inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de once de julio de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT C-845-2025, por el Juzgado de Familia de Peñaflor, por haber perdido oportunidad. Devuélvase. N° 1191-2025 Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, nueve de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que consta que el quince de septiembre pasado las partes llegaron a un acuerdo en relación con la demanda de alimentos, resulta inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se omite pronuncia
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