ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de marzo de 2026
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que consta que el veintiséis de noviembre pasado las partes llegaron a un acuerdo en relación con la demanda de relación directa y regular, resulta inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT C-2384-2025, por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, por haber perdido oportunidad. Devuélvase. N° 1083-2025 Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, nueve de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que consta que el veintiséis de noviembre pasado las partes llegaron a un acuerdo en relación con la demanda de relación directa y regular, resulta inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968
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