H. Trib. P. Industrial

ALIMENTOPET SPA/

Rol

34751-2023

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en lo principal de su libelo, don Alexander Sebastián Muhlenbrock Reyes, en representación de ALIMENTOPET SpA, dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de veinticuatro de enero del año dos mil veintitrés; dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, en virtud de la cual se confirmó la decisión adoptada por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI). Segundo: Que la recurrente luego de hacer una reseña de la causa, de lo resuelto en las oportunidades procesales pertinentes, así como de antecedentes atingentes a la solicitud, refiere que la sentencia infringe lo dispuesto en los artículos 20 letra e) y f) de la Ley N° 19.039 sobre Propiedad Industrial, apuntando una contravención al principio de apreciación global y los que forman parte de la sana crítica. Tercero: Que cabe primero examinar si la sentencia impugnada ha errado en la aplicación de alguna norma reguladora de la apreciación de la prueba rendida en esta causa, única forma en que podrían alterarse las conclusiones de hecho a las que arriba. Al respecto, de una atenta lectura del arbitrio deducido, cabe inferir que, además de mencionar los principios, el recurrente no desarrolla la forma en que éstos se habrían visto afectados. Es más, sobre dichas normas, reglas de la lógica, máxima de la experiencia o conocimientos científico no precisa cómo se habría producido la conculcación en la valoración de la prueba rendida en este proceso, sino que más que nada manifiesta su disconformidad con lo resuelto y con la valoración de los antecedentes; lo que de suyo no permite entrar al análisis de la infracción del artículo 16 y que, por consiguiente, conllevan su indefectible rechazo. Cuarto: Que como lo ha dicho antes esta Corte, cuando “el recurso no denuncia el quebrantamiento o desatención de alguna concreta regla integrante de la sana crítica, sino sólo hace una referencia genérica a los distintos tipos o grupos de principios o regl

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 767 y 805 del Código de Procedimiento Civil y 20 de la Ley N° 19.039, se rechaza el recurso interpuesto por el apoderado de la empresa ALIMENTOPET SpA, contra el veredicto del Tribunal de Propiedad Industrial de veinticuatro de enero del año dos mil veintitrés. Al primer otrosí; estese a lo resuelto precedentemente; al segundo otrosí; téngase presente; y al tercer otrosí; a sus antecedentes. Regístrese y devuélvase. Rol N° 34.751-23.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en lo principal de su libelo, don Alexander Sebastián Muhlenbrock Reyes, en representación de ALIMENTOPET SpA, dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de veinticuatro de enero del año dos mil veintitrés; dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, en virtud de la cual se confirm

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica