CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES/OGAZ
Rol
Fecha
9 de marzo de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-13928-2025 y, en su lugar se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese N°Civil-20119-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministra señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Manuel Rodríguez Vega y la Abogada Integrante señora Francisca Amigo Fernández. En Santiago, nueve de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese N°Civil-20119-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministra señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Manuel Rodríguez Vega y la Abogada Integrante señora Francisca Amigo Fernández. En Santiago, nueve de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Décimo Sexto Juzga
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