11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ CRISTOFER JESÚS BORGOÑO SAN MARTÍN.

Rol

Fecha

7 de marzo de 2026

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que los nuevos antecedentes invocados por la defensa no logran desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en tanto no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado. En efecto, los informes balísticos que fueron expuestos en la audiencia no son concluyentes respecto a las características del arma incautada y, además, corresponden a aspectos de fondo que deben ser ponderados en la oportunidad procesal pertinente. Segundo: Que en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, esta Corte considera que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad,

Fundamentos

considerando la naturaleza y gravedad de los ilícitos, su pluralidad, los bienes jurídicos protegidos, forma de comisión, la circunstancia de mantener antecedentes penales respecto de un delito de la misma especie, la pena asignada al ilícito de la ley de control de armas y su eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de febrero del presente año, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Cristofer Jesús Borgoño San Martín. Acordada contra el voto de la abogada integrante Paula Manzo quien estuvo por revocar la referida resolución y decretar una cautelar menos gravosa, atendido que con ello se satisface los fines del procedimiento y la necesidad de cautela, teniendo presente que los antecedentes hasta ahora reunidos permiten dudar sobre la adaptabilidad del arma incautada. Comuníquese vía interconexión. N°729-2026-Penal

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San Miguel, siete de marzo de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Sala Rol: 729-2026 Penal Ruc: 2501146114-2 RIT: 4034-2025 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Diego Muñoz Gaete Imputado: Cristofer Jesús Borgoño San Martín Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: 2 San Miguel, siete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero:

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