JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ SEBASTIAN ALEJANDRO TORRES SAEZ

Rol

Fecha

7 de marzo de 2026

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo presente que el propio tribunal, por ahora, descarta los delitos de receptación y porte de arma,

Fundamentos

considerando la prognosis de pena respecto del delito de microtráfico y la ausencia de antecedentes prontuariales, de manera que cualquier otra medida del 155 del Código Procesal Penal resulta idónea para asegurar los fines del procedimiento y, conforme lo dispuesto en el artículo 149 del citado cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de cuatro de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Sebastián Alejandro Torres Sáez y en su lugar

Fallo

se declara que se la deja sin efecto. Acordada con el voto en contra de la Ministra Interina señora Leonor Cohen Briones, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada atendido que el imputado fue formalizado por hechos cometidos encontrándose recientemente formalizado por un delito de la misma especie y con otras causas vigentes, sujeto a medidas cautelares, lo que demuestra que la prisión preventiva es la medida cautelar adecuada para su actuar contumaz. Se da orden de libertad inmediata para Sebastián Alejandro Torres Sáez si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-589-2026.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a siete de marzo de dos mil veintiséis, a las 09:48 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía, quien presidió, la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes y la Ministra Interina señora Leonor Cohen Briones, para la vista del recur

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