AGUILAR ZALLOCCO, DANTE/CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
6 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Miguel Alfaro Cortés, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Dante Aguilar Zallocco, y en contra de la Quinta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso por haber dictado ese tribunal de alzada la resolución de 27 de febrero de 2026 por la cual se revocó la decisión del Juzgado de Garantía de Valparaíso que declaró prescrita la acción penal y, en su lugar, dispuso continuar con la tramitación del procedimiento dirigido en contra del actor por su presunta responsabilidad en un delito de contrabando, previsto y sancionado en la Ordenanza de Aduanas. Expone que el 07 de noviembre de 2022 el Servicio Nacional de Aduanas interpuso querella en contra del amparado por su presunta responsabilidad en el delito antes mencionado, el que habría sido cometido el 4 de enero de 2021, originándose la causa RIT 7808-2022. Agrega que el actor nunca fue formalizado sino hasta el 12 de febrero de 2026 y que tras oír la imputación realizada por el Ministerio Público se alegó por la defensa la prescripción de la acción penal por haber transcurrido el plazo previsto para ello en el artículo 94 del Código Penal, considerando que la conducta que se atribuye corresponde a un simple delito. Indica que el Juzgado de Garantía de Valparaíso acogió la solicitud de la defensa teniendo para ello a la vista el extracto de filiación y antecedentes del imputado -el cual no contiene anotaciones- y el registro de entradas y salidas del país, y considerando la reiterada jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema en el sentido de que solo la formalización de la investigación suspende el curso de la prescripción. Señala que respecto de esa decisión la querellante Servicio Nacional de Aduanas y el Ministerio Público interpusieron recurso de apelación y que, conociendo de aquellos arbitrios, la Quinta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso decidió revocar la resolución en alzada y, en su lugar, disponer la continuación del procedimiento penal, aduciendo que la querella interpuesta tuvo el efecto de suspender el efecto de la prescripción. Alega que la resolución de la Quinta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso es ilegal y arbitraria puesto que según el tenor del artículo 233 del Código Procesal Penal, solo la formalización tendría el efecto de suspender el cómputo del plazo de prescripción. Previas citas de derechos solicita a acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución impugnada y, en su lugar, “se confirme en todas sus partes la resolución pronunciada con fecha 12 de febrero de 2026, que declaró la prescripción de la acción penal del delito de contrabando que se imputó a mi representado y se mantenga firme y con plena vigencia, el sobreseimiento definitivo que se decretó en la causa RIT 7808-2022, del Juzgado de Garantía de Valparaíso”. SEGUNDO: Que, evacuaron informe Rafael Corvalán Pazols, Ministro de la Corte de Apelaciones de Val
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE el amparo constitucional interpuesto en favor de Dante Aguilar Zallocco y, en consecuencia se deja sin efecto la decisión de veintisiete de febrero de dos mil veintiséis dictada por la Quinta Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, disponiéndose, en su lugar, que se confirma la decisión del Juzgado de Garantía de Valparaíso en cuanto por ella se declaró la prescripción de la acción penal y el consecuente sobreseimiento definitivo conforme al artículo 250 d) del Código Procesal Penal. Acordada la decisión con el voto en contra del ministro Sr. Espinosa quien estuvo por rechazar el presente recurso teniendo para ello en consideración que la resolución impugnada emana de tribunal competente, el que ha obrado dentro de la esfera de sus atribuciones y siguiendo el procedimiento regulado por el legislador, y que la decisión adoptada, amén de encontrarse detalladamente fundamentada, descansa en una interpretación plausible de la normativa aplicable, la cual no es susceptible de ser enmendada por otra Corte de Apelaciones, pues ello importaría arrogarse una competencia de la cual esta Corte carece, consistente en revisar los fundamentos tenidos en cuenta tanto por un tribunal del cual no es su superior jerárquico, como de otro de su misma jerarquía y, además, contravenir el principio de igualdad de armas en tanto esta clase de recursos se tramita
Texto Completo (Preview)
Aguilar Zallocco, Dante Quinta Sala Ilma. Corte de Valparaíso Recurso de amparo Rol N°149-2026.- La Serena, seis de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Miguel Alfaro Cortés, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Dante Aguilar Zallocco, y en contra de la Quinta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso por haber di
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica