RITA ANDREA LUNA LUNA /12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
6 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Leopoldo Romero Yáñez, en representación de Rita Andrea Luna Luna, cedula de identidad Nº18.055.748-2, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 26 de febrero de 2026 del Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva de su representada. Explica que el 22 de agosto de 2025 se formalizó la investigación respecto de la persona en cuyo favor recurre por hechos que fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, establecido en el artículo 4 de la Ley N°20.000. Sostiene que en la audiencia se indicó que posee reincidencia específica, ya que registra dos condenas anteriores por el mismo delito, una de octubre de 2017 y otra de abril de 2019. Refiere que el 26 de febrero pasado en la audiencia de revisión de la prisión preventiva solicitó la sustitución por la medida cautelar de arresto domiciliario total, fundado en la declaración realizada en la audiencia y su situación de salud ya que fue operada de un riñón y que posiblemente deba operarse el otro y, además, el hecho de ser madre de un niño de 12 años quien tiene un cuadro de trastorno del espectro autista, déficit atencional y ansiedad generalizada, además de otros tres hijos menores de edad. Argumenta que la mantención de la medida cautelar afecta su libertad personal, el interés superior y las necesidades de cuidado de sus hijos. Pide se aplique una medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal. Segundo: Que don Francisco Ramos Pazó, Juez del 12°Juzgado de Garantía de Santiago informa que el 26 de febrero pasado se llevó a efecto audiencia de revisión de medida cautelar de prisión, oportunidad en que luego del debate de rigor, en uso de sus facultades legales y constitucionales se pronunció de la solicitud del recurrente, haciéndose cargo de todas y cada una de las alegaciones, que nuevamente reitera
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Rita Andrea Luna Luna, en contra del Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°286-2026 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 6: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Leopoldo Romero Yáñez, en representación de Rita Andrea Luna Luna, cedula de identidad Nº18.055.748-2, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 26 de febrero de 2026 del Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión
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