JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/ JEANETTE DEL CARMEN MATURANA MALDONADO.

Rol

Fecha

6 de marzo de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintisiete de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en cuanto por ella decretó la prisión preventiva de la imputada Jeanette Del Carmen Maturana Maldonado y se declara que se impone a su respecto las medidas cautelares contempladas en las letras a) y e) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno y prohibición de acercarse al CDP de Puente Alto. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase y comuníquese por la vía más rápida. N° 720-2026-Penal.

Fallo

se declara que se impone a su respecto las medidas cautelares contempladas en las letras a) y e) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno y prohibición de acercarse al CDP de Puente Alto. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase y comuníquese por la vía más rápida. N° 720-2026-Penal.

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San Miguel, seis de marzo de dos mil veintiséis. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-720-2026 Ruc: 2600302030-3 Rit: 1625-2026 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: Javiera González Arenas Caratulado: MP.C/ JEANETTE DEL CARMEN MATURANA MALDONADO. Tipo de Recurso: Penal- apelación cautelar personal Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, seis de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y oídos lo

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