JUZGADO DE GARANTIA DE VICUÑA

MINISTERIO PÚBLICO C/ ULISES EZEQUIEL ROMANO

Rol

Fecha

6 de marzo de 2026

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO:

Fundamentos

Considerando que las circunstancias que explican que el sentenciado no haya dado aún inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva impuesta no le son imputables, desde que ellas dependen exclusivamente de acciones que corresponden a otras agencias estatales, no es posible concluir que se haya producido un incumplimiento a la sanción alternativa en términos de justificar su revocación conforme al artículo 25 de la Ley N°18.216 y visto además, lo dispuesto en los artículos 348, 358 y 370 del Código Procesal Penal y 37 de la Ley N°18.216, SE REVOCA, la resolución apelada de dieciséis de febrero de dos mil veintiséis, que revocó la pena sustitutiva impuesta al sentenciado Ulises Ezequiel Romano, y en su lugar

Fallo

se declara que se mantiene la misma. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°160-2026 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de marzo de dos mil veintiséis. Siendo las 12:10 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas e integrada por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto y la Abogada integrante señora Pía Bustos Fuentes, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, e

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