Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

NUEVA MASVIDA S.A. (EX ISAPRE ÓPTIMA)/SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS

Rol

P-15195-2023

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece doña PATRICIA MATELUNA FLETCHER, abogada, en representación de NUEVA MASVIDA S.A., cuyo giro es Institución de Salud Previsional, domiciliados en Agustinas N°814, oficina 909, Santiago, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS, representada por don JOSE FERNANDO GONZALEZ CASTILLO, ignora profesión, con domicilio en Teatinos N°120, comuna de Santiago. Funda su demanda en que por resolución N°29099 de fecha 08 de marzo 2023, se estableció que la ejecutada adeuda a su representada la suma de $8.853.142.- (ocho millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta y dos pesos), por concepto de cotizaciones previsionales morosas de los siguientes trabadores: trabajador Periodo que se cobra Dusan Tironi Roni Febrero de 2018 Álvaro Alejandro Moreno Caroca Febrero de 2018 a enero de 2019 Patricio Fernández Núñez Febrero de 2018 a septiembre de 2019 Mauricio Andrés Cárdenas Febrero a mayo de 2018 Rene Andrés Morales Vergara Febrero, marzo y mayo a julio de 2018 Marco Antonio Bilbao Cabezas Marzo y abril de 2018 Marcela Lisbeth Otey Bahamonde julio de 2018 Angélica Maria Ávila Salgado septiembre 2018 a febrero de 2019 Maria Francisca Romo Bustos Diciembre de 2018 a abril de 2019 Juan Humberto Navarrete Jara Abril de 2020 a junio de 2021 Juan Pablo Bustos Barra Marzo de 2019 Jaime Iván Salinas Salinas Junio a agosto de 2020 Jessica Carla Ortloff Pena Octubre de 2020 Oscar Fabián Ponce Salamanca Julio de 2020 a enero de 2021 José Celedonio Ortiz Martinez Octubre y noviembre de 2022 Código: LXXTXLJTQYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Luis Esteban Soto Salgado Noviembre de 2022 Juan Antonio Contreras Guajardo Enero de 2013 Indica que la resolución acompañada, tiene mérito ejecutivo, y da cuenta de una obligación líquida, actualmente exigible, y no prescrita. En mérito de lo expuesto y normas mencionadas solicita se tenga por interpuesta demanda e

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte ejecutante solicita el pago de cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundada en la Resolución N°29099 de fecha 08 de marzo 2023 donde se estableció que la ejecutada adeuda a su representada la suma de $8.853.142.- (ocho millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta y dos pesos) por concepto de cotizaciones previsionales morosas, intereses, reajustes y recargos legales correspondientes. SEGUNDO: Que la ejecutada opuso a la ejecución las excepciones de “Inexistencia de la prestación de los servicios”, y “pago” contempladas en artículo 5 de la Ley 17.322 en relación al 464 del Código de Procedimiento Civil, por los fundamentos ya expresados en lo expositivo de este

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas mencionadas solicita se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS, ya individualizada, por la suma de $8.853.142.-, más intereses, reajustes y recargos legales correspondientes, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo y, en definitiva se siga adelante con la ejecución hasta obtener el pago íntegro de las sumas adeudadas, con costas. El Tribunal, con fecha 19 de abril de 2023, tuvo por interpuesta la demanda ejecutiva, despachando el mandamiento de ejecución y embargo respectivo, en la misma oportunidad. Con fecha 22 de agosto de 2023 se tuvo por efectuada la notificación tacita de conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, con la fecha en que de presentación del escrito, esto es 17 del precitado mes y año. Que en la referida presentación el demandado de autos comparece oponiendo las excepciones de inexistencia de la prestación de los servicios y pago de la deuda. En relación a primera excepción indica que hay personas contenidas en el título en el cual se basa la presente ejecución que no han sido funcionarios del organismo demandado y otras respecto de las cuales se puso término a la relación laboral con anterioridad a los periodos demandados. En el primero de los casos descritos se encontraría Jaime Salinas Salinas y Marco Bilbao Cabezas, quienes al no ser funcionario de la repartición pública demanda no procede el cobro de cotizaciones de salud

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Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece doña PATRICIA MATELUNA FLETCHER, abogada, en representación de NUEVA MASVIDA S.A., cuyo giro es Institución de Salud Previsional, domiciliados en Agustinas N°814, oficina 909, Santiago, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS, representada por don JOSE FERNANDO GONZALEZ CASTILLO, i

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