SIN INFORMACION

MENESES/BRIONES

Rol

Fecha

5 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que Gunther Dewetak Bofill, abogado en representación de María Graciela Conejeros Navarro, Enzo Alejandro Meneses Maira, Sebastián Ariel Menseses Cortés y Valentina Paz Menseses Cortés, interpone recurso de protección en contra de Mónica Elizabeth Arratia Garrido, José César Briones Sobarzo, Kristel Neigeet Briones Arratia y César Giovanni Briones Arratia, por actos ilegales y arbitrarios que vulnerarían sus garantías establecidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República consistentes en publicaciones en medios digitales y hostigamientos en contra de los recurrentes. Señala que las personas en cuyo favor se recurre componen un grupo familiar formado por María Graciela Conejeros Navarro, suegra de Enzo Alejandro Meneses Maira, quienes comparten domicilio con los hijos de este último recurrente S.A.M.C., de 13 años, y V.P.M.C., de 3 años de edad. Indica que los recurridos también componen un grupo familiar, constituido por José César Briones Sobarzo, su cónyuge Mónica Elizabeth Arratia Garrido, y sus hijos Kristel Neigeet Briones Arratia y Cesar Giovanni Briones Arratia, todos mayores de edad. Precisa que ambos grupos familiares viven en el mismo pasaje en la comuna de Puente Alto. Relata que durante años han existido conflictos entre las familias, a causa de provocaciones que siempre han surgido de la familia de los recurridos y nunca han tenido explicaciones razonables. Agrega que la Municipalidad y el Juzgado de Policía Local de la comuna han recibido múltiples denuncias emanadas de dichos episodios, por lo que al día de hoy no prestan mayor colaboración. Refiere que el incidente más grave ocurrió el 28 de agosto de 2024, en que la familia de los recurridos, a excepción del hijo menor César, mantuvo una pelea física con los recurrentes que dio pie a la causa penal RUC 2401047706-5, investigada por la Fiscalía Local de Puente Alto. En dicho procedimiento se formalizó a los recurridos por el delito de lesiones menos graves el 6 de diciembre de 2024. El 30 de mayo de 2025, ante el Juzgado de Garantía de Puente Alto, los que aceptaron su responsabilidad, poniéndose término a la causa mediante una salida alternativa que implicaba el compromiso de los recurridos de no acercarse en términos violentos a las víctimas por el plazo de 60 días. Indica que, por su parte, los recurridos presentaron una querella en contra de los recurrentes basándose en los mismos hechos, lo que dio origen a la causa penal RUC 2410044000-4, RIT 8197-2025 del Juzgado de Garantía de Puente Alto, en la que la Fiscalía Local decidió no perseverar y archivar la carpeta investigativa. En cuanto a los hechos que fundan el recurso, señala que el 30 de junio de 2025, a solo un mes de terminado el juicio RUC 2401047706-5 con una salida alternativa, uno de los recurridos o todos ellos crearon un perfil de Instagram denominado “el angustiao”, en que se subieron imágenes y videos de los recurrentes, especialmente de Enzo

Fallo

por lo expuesto, no existiendo antecedentes de convicción idóneos, imposibilita a esta Corte dar por establecido el supuesto fáctico en el que se sustenta el presente arbitrio, el que por consiguiente, necesariamente, deberá ser desestimado. Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en representación de María Graciela Conejeros Navarro, Enzo Alejandro Meneses Maira, S.A.M.C. y V.P.M.C., en contra de Mónica Elizabeth Arratia Garrido, José César Briones Sobarzo, Kristel Neigeet Briones Arratia y César Giovanni Briones Arratia. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3542-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que Gunther Dewetak Bofill, abogado en representación de María Graciela Conejeros Navarro, Enzo Alejandro Meneses Maira, Sebastián Ariel Menseses Cortés y Valentina Paz Menseses Cortés, interpone recurso de protección en contra de Mónica Elizabeth Arratia Garrido, José César Briones Sobarzo, Kristel Neigeet Briones

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