2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE MAIPU

SALAZAR CASTAÑEDA JUAN - AUTOMOTRIZ CORDILLERA S.A.

Rol

Fecha

5 de marzo de 2026

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.

Fallo

Por estas consideraciones y compartiendo los argumentos del tribunal a quo, se confirma la sentencia apelada de quince de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú, en causa P-676-2024. Regístrese y comuníquese. N°Policía Local-19-2026. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministro señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y la Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías. En Santiago, cinco de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que

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