SIN INFORMACION

JOSSELIN MOYA FUENTES/ JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VILLA ALEMANA

Rol

Fecha

5 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, el abogado Pablo Jesús Poblete Valenzuela, en representación de doña Josselin Jannett Moya Fuentes, en causa seguida ante el Juzgado de Policía Local de Villa Alemana, relativa a una presunta infracción a la normativa sobre tenencia responsable de mascotas, interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada por dicho tribunal y notificada con fecha 06 de febrero de 2026, mediante la cual se tuvo por no interpuesto el recurso de apelación deducido por su parte. Dicho recurso de apelación había sido interpuesto con en contra de la resolución de 28 de enero de 2026, resolución que rechazó la solicitud de liberación de la mascota de la recurrente, el perro denominado “Puxy”, que se encontraba retenido por la oficina de tenencia responsable de mascotas de la Ilustre Municipalidad de Villa Alemana, además de imponer a la recurrente una multa de 5 UTM por una supuesta infracción a la ley de tenencia responsable de mascotas. Expone que el procedimiento se origina a partir de un parte municipal N°1929 de fecha 21 de noviembre de 2025, en el cual se imputó a su representada haber mantenido a su mascota en la vía pública sin supervisión, en estado de desnutrición y sin atención veterinaria, circunstancias que la defensa niega categóricamente. Señala que el animal se habría extraviado durante la noche del 20 de noviembre de 2025, pese a que permanecía en el domicilio de la recurrente con las condiciones adecuadas de resguardo. Indica además que con fecha 30 de enero de 2026 se interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de 28 de enero de 2026, recurso que inicialmente fue concedido mediante resolución de fecha 02 de febrero de 2026. Sin embargo, posteriormente, y a raíz de un escrito presentado por el departamento jurídico de la Municipalidad de Villa Alemana con fecha 05 de febrero de 2026, el tribunal resolvió tener por no interpuesto el recurso de apelación, decisión que fue notificada a la parte recurrente el 06 de febrero de 2026

Fundamentos

fundamentos del tribunal para rechazar la apelación se basarían en la supuesta improcedencia del recurso en el procedimiento seguido ante el Juzgado de Policía Local, acogiendo la argumentación del municipio en cuanto a que la resolución impugnada no sería susceptible de apelación. El recurrente sostiene que dicha decisión resulta errónea y contraria a derecho, señalando que la resolución apelada sí es susceptible de apelación conforme a la normativa aplicable. En particular, argumenta que el artículo 33 de la Ley N°21.020, que regula la tenencia responsable de mascotas, establece expresamente que las infracciones contempladas en dicha ley deben tramitarse conforme a las normas de la Ley N°18.287, que regula el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local. A su vez, el artículo 32 de esta última ley dispone que procede el recurso de apelación en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio. En ese sentido, el apelante afirma que la sentencia que rechazó la liberación de la mascota y aplicó una multa constituye una resolución que causa un perjuicio directo a su representada y afecta sustancialmente la continuación del procedimiento. Solicita que se tenga por interpuesto recurso de hecho, lo admita a tramitación y, en definitiva, deje sin efecto la resolución que tuvo por no interpuesto el recurso de apelación, ordenando que éste sea concedido y tramitado conforme a derecho. A folio 8, informa el juez recurrido Juan José Bérez-Cotapos Contreras señalando que la resolución objeto del presente recurso no es apelable debido a que la que el artículo 32 de la Ley N°18.287 establece que el recurso de apelación solo procede en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio. Sin embargo, sostiene que la resolución cuestionada no reviste ninguna de esas características, ya que se trata de una resolución que resolvió un incidente relativo a la solicitud de liberación de la mascota retenida. Conforme al artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, dicha resolución corresponde a un auto, al recaer sobre una cuestión accesoria del proceso sin fijar derechos permanentes para las partes, pues en ella se indicó expresamente que la devolución del animal no resultaba conveniente por el momento, lo que implica que la situación podría eventualmente revisarse si cambian las circunstancias. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y consierando: Primero: Que el recurso de hecho tiene por objeto que el tribunal superior examine la legalidad de la resolución que denegó la concesión de un recurso de apelación, a fin de determinar si éste debió o no otorgarse conforme a derecho. Segundo: Que, en la especie, la apelación fue deducida en contra de la resolución de veintiocho de enero de dos mil veintiséis dictada por el Juzgado de Policía Local de Villa Alemana, la cual rechazó la solicitud de liberación de la mascota

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley N° 18.287 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge, sin costas el recurso interpuesto por el abogado Pablo Jesús Poblete Valenzuela, en representación de doña Josselin Jannett Moya Fuentes, en causa seguida ante el Juzgado de Policía Local de Villa Alemana, relativa a una presunta infracción a la normativa sobre tenencia responsable de mascotas, Rol N°230.759-2025, en contra de la resolución de fecha seis de febrero de dos mil veintiséis, y en consecuencia, se deja dicha resolución sin efecto, decretándose en su lugar, que se acoge a tramitación el recurso de apelación, interpuesto por la parte denunciada, contra la resolución dictada el veintiocho de enero de dos mil veintiséis, en el solo efecto devolutivo, debiendo el referido juez remitir los antecedentes vía interconexión para el conocimiento y resolución del recurso. Comuníquese lo resuelto al Primer Juzgado de Policía Local de Villa Alemana. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Policía Local-113-2026.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de marzo de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, el abogado Pablo Jesús Poblete Valenzuela, en representación de doña Josselin Jannett Moya Fuentes, en causa seguida ante el Juzgado de Policía Local de Villa Alemana, relativa a una presunta infracción a la normativa sobre tenencia responsable de mascotas, interpone recurso de hecho en contra de la reso

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