M.P. C/ JOSE ALEJANDRO SAN MARTIN VERGARA
Rol
Fecha
5 de marzo de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y oído los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, gravedad del delito que se atribuye al imputado, pena probable dado sus antecedentes pretéritos, la existencia de una causa pendiente, permite estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por la anterior consideración y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de cuatro de marzo del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-1057-2026 del Juzgado de Garantía de Curicó, CON DECLARACIÓN que la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a José Alejandro San Martin Vergara, se aplica por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-274-2026.
Texto Completo (Preview)
Talca, cinco de marzo de dos mil veintiséis. Visto y oído los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, gravedad del delito que se atribuye al imputado, pena probable dado sus antecedentes pretéritos, la existencia de una causa pendiente, permite estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por la anterior consideración y de conformidad a lo dispu
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