ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de marzo de 2026
Materia
PATERNIDAD, RECONOCIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente que de conformidad con previsto en el artículo 209 del Código Civil, la fijación de alimentos provisorios en una demanda de reclamación de filiación, es facultativa para el Tribunal, que no se ha acompañado ningún antecedente indiciario de la paternidad del demandado, y que, el solo hecho de aceptar éste, someterse a la pericia biológica resulta insuficiente a esos fines, se revoca la resolución apelada, dictada en audiencia de veintiuno de enero pasado, en la parte que fijó alimentos provisorios, y en su lugar se decide que no se da lugar a ellos. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad,...
Fallo
se decide que no se da lugar a ellos. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad,...
Texto Completo (Preview)
CA Chillán Act/rps Chillán, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente que de conformidad con previsto en el artículo 209 del Código Civil, la fijación de alimentos provisorios en una demanda de reclamación de filiación, es facultativa para el Tribunal, que no se ha acompañado ningún antecedente indiciario de la paternidad del demandado, y que, el solo hecho de aceptar éste,
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