REYES/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S.A.
Rol
Fecha
4 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Linda Nataly Quintero Mogollon, abogada, en favor de Dannys Rafael Reyes Bello, de nacionalidad venezolana, e interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 29 de octubre de 2025, consistente en el rechazo de la solicitud de retiro de fondos para extranjero, lo que infringe las garantías de los numerales 2, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone. Refiere que el 20 de octubre del año 205, mediante el portal web correspondiente, solicitó a la Afp recurrida, la devolución de fondos previsionales de acuerdo con la ley N°18.156, lo que fue contestado mediante correo electrónico del 29 de octubre de 2025, que informó que se rechazó su solicitud, indicando lo siguiente: “…De acuerdo con nuestros registros, se identifica la siguiente solicitud: N° 717, de fecha 13 de octubre de 2025. En esta, se le solicitó remitir la siguiente documentación: • Certificado emitido por el Instituto u Organismo de Seguridad Social o Previsional del país de origen, que acredite su afiliación al sistema de seguridad social. Este documento debe indicar que otorga, al menos, prestaciones en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte, y debe encontrarse debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile o apostillado en el país de origen. La recepción de esta documentación estuvo disponible por tres días hábiles, debiendo adjuntar los antecedentes requeridos. No obstante, no recibimos lo solicitado. En consecuencia, su requerimiento fue cerrado y su solicitud no pudo ser procesada.…” Asevera que cumple con los requisitos legales para acceder a la devolución de los fondos, salvo la apostilla de la constancia que acredita su afiliación al sistema de afiliación venezolana, esto en virtud de que no existe representación consular de Venezuela en Chile que permita realizar este trámite, existiendo una imposibilidad material de realizar por un caso fortuito que escapa de sus manos conforme al artículo 45 del Código Civil. En esa línea, señala que la decisión de la recurrida es arbitraria e imposible de cumplir, toda vez que el propio Sistema de Apostilla Electrónica de la República Bolivariana de Venezuela no contempla la apostilla para este tipo de instrumento, cuestión que consta en los registros oficiales consultados en línea. Asimismo, de acuerdo a oficios, por la autoridad de Servicio autónomo de Notarias y Registro civil en Venezuela, tampoco pueden realizarse declaraciones juradas de este documento a los fines de que posteriormente sean apostillados. En este estado de cosas, pide que la AFP recurrida proceda a realizar un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud planteada conforme a derecho y dentro de un plazo razonable efectuar la devolución de los fondos de pensión solicitados por el recurrente, adoptando las providencias que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso la AFP recurrida, expresando que efectivamente, el actor realizó una solicitud de devolución de fondos previsionales de conformidad a la ley N°18.156, la que fue rechazada. Agrega que el recurrente acompañó los siguientes documentos: 1.- Título de Profesional. 2.- Constancia Electrónica de Cotizaciones. 3.- Contrato de Trabajo y anexo suscrito con el empleador SERVICIOS INTEGRALES PARA EQUIPOS ELECTRONICOS, RAMON FERM
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Dannys Rafael Reyes Bello en contra de AFP Modelo S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 4360-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de marzo dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Linda Nataly Quintero Mogollon, abogada, en favor de Dannys Rafael Reyes Bello, de nacionalidad venezolana, e interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 29 de octubre de 2025, consistente en el rechazo de la solicitud de retiro de fondos para
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