HERNÁNDEZ DANIELES YESENIA / POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y OTRO
Rol
Fecha
4 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de amparo en favor de doña Yesenia del Carmen Hernández Danieles, de nacionalidad venezolana, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y del Servicio Nacional de Migraciones, por la negativa verbal de ingreso al territorio nacional dispuesta el día 19 de febrero de 2026 en el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, fundada en la revocación tácita de su permiso de residencia definitiva por haber permanecido fuera del país por un plazo continuo superior a dos años, por estimarse que se afecta su garantía de libertad personal dispuesta en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Sostienen que la amparada, ingresó al país en junio de 2018 y obtuvo posteriormente el beneficio de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 22211708 de 25 de mayo de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, encontrándose su cédula de identidad para extranjeros vigente hasta el 5 de julio de 2027. Refieren que la amparada se ausentó del territorio nacional hacia los Estados Unidos de América por
Fundamentos
motivos médicos fundados, y que al intentar reingresar al país fue notificada verbalmente por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile de que no podía ingresar, en razón de haberse producido la revocación tácita de su residencia definitiva conforme al artículo 83 de la Ley N° 21.325, sin que se le hiciera entrega de resolución escrita alguna que fundara dicha determinación. Afirman que la amparada mantiene arraigo familiar en Chile, encontrándose en el país su hija doña Yesti Nehiyibel Silvana Sánchez Hernández, titular de residencia definitiva, y su nieto Milán Andrés Urbaez Sánchez, de nacionalidad chilena, que la ausencia prolongada obedece a razones médicas que la imposibilitaron de regresar oportunamente, y que la amenaza de reconducción forzada a los Estados Unidos de América representa un riesgo grave para su integridad, atendidas las actuales políticas migratorias de dicho país.
Fallo
Por lo expuesto, solicitan acoger el recurso, ordenar el ingreso definitivo de la amparada al territorio nacional respetando su permiso de residencia definitiva y dejar sin efecto la resolución que dispone su revocación tácita. A folio 4, informó el Servicio Nacional de Migraciones. Expone que la amparada ingresó al país el 5 de junio de 2018 y que obtuvo el permiso de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 22211708 de 25 de mayo de 2022; que conforme al artículo 83 de la Ley N° 21.325 y al artículo 69 del Decreto N° 296 que aprueba el Reglamento de dicha ley, la residencia definitiva queda tácitamente revocada al ausentarse su titular del país por un plazo continuo superior a dos años, operando dicha revocación por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de resolución expresa; que el registro de movimientos migratorios de la Policía de Investigaciones da cuenta de que la amparada salió del territorio nacional el 1 de marzo de 2023 con destino a los Estados Unidos de América e intentó reingresar el 19 de febrero de 2026, esto es, luego de una ausencia continua de aproximadamente tres años; que no ha recibido comunicación del consulado chileno respectivo acreditando solicitud de prórroga de residencia; y que la Policía de Investigaciones de Chile, conforme al artículo 166 de la Ley N° 21.325, actuó en el ejercicio de sus atribuciones legales. Concluye que la amparada ya habría ingresado al país en cumplimiento de la orden de no innovar decretada en autos, por
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de amparo en favor de doña Yesenia del Carmen Hernández Danieles, de nacionalidad venezolana, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y del Servicio Nacional de Migracion
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